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Descripción de la directiva de ecodiseño ErP

El objetivo del diseño ecológico o «ecodiseño» es mejorar el rendimiento medioambiental de los productos a lo largo de su ciclo de vida (selección y utilización de la materia prima; fabricación; embalaje, transporte y distribución; instalación y mantenimiento; uso; y fin de ciclo de vida, mediante la integración sistemática de las cuestiones medioambientales en la etapa más temprana del diseño de los productos o servicios.

Los productos relacionados con la energía son aquellos que tiene un impacto sobre el consumo de energía durante su utilización, y por tanto, no sólo incluyen los producto que dependen del suministro energético (electricidad, combustibles fósiles u otras fuentes de energía) o generan, transfieren y miden dicha energía, sino también aquellos productos que pueden afectar al consumo energético de otros (por ejemplo ventanas, etc.). Estos productos por tanto representan un elevado porcentaje del consumo de energía y otros recursos naturales y ofrecen un gran potencial para reducir la emisiones de gases de efecto invernadero. Por esta razón, la Comisión Europea considera dichos productos como prioritarios para integrar el eco diseño y el etiquetado energético.

LA DIRECTIVA DE ECODISEÑO
La Directiva 2009/125/CE, transpuesta a la legislación española mediante el Real Decreto 187/2011, sobre diseño ecológico instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía. Dicha regulación es pues, un elemento clave en la política de la UE para la mejora del rendimiento energético y medioambiental de dichos productos. La normativa garantiza la libre circulación de productos a través de Europa y anima a la integración del ecodiseño en las pequeñas y medianas empresas (PYMES).

IMPLICACIONES DE LA DIRECTIVA DE ECODISEÑO
La Directiva de Ecodiseño es una Directiva marco, lo que significa que no estable obligaciones directas para el fabricante sino que fija requisitos vinculantes en materia de ecodiseño mediante la adopción de medidas específicas para cada grupo de productos. La citada Directiva por tanto, únicamente establece las condiciones y criterios para la adopción de las medidas de ejecución por medio de los Reglamentos asociados que se vayan publicando. Por tanto, una vez publicado el Reglamento correspondiente, los productos que se pongan en el mercado deberán cumplir con las medidas allí indicadas para poder hacer uso del correspondiente marcado CE, sin el cual no podrán comercializarse en el Espacio Económico Europeo. Dichas medidas se refieren tanto a requisitos de producto, como de gestión e información.

ETIQUETADO ENERGÉTICO
El Reglamento (UE) 2017/1369 establece un marco para el etiquetado energético y deroga la Directiva 2010/30/UE previa. Hace referencia al etiquetado de los productos relacionados con la energía y a la información normalizada a incluir en relación a la eficiencia energética, el consumo de energía y de otros recursos. Pretende por tanto informar al consumidor de dichos consumos, permitiendo la comparativa entre productos en el mercado. Su desarrollo se está realizando en paralelo a la de Ecodiseño, mediante actos y reglamentos delegados específicos por familias de productos